El acceso a internet que en adelante se denominara SERVICIO y que CONECTIMAC S.R.L. prestará por medio de una red de cables de Fibra Óptica, con tecnología de telecomunicaciones FTTH (Fibra hasta el hogar) que se extiende desde una central donde se ubica el OLT pasando por elementos pasivos que vendrían a ser los splitter´s hasta el equipo terminal óptica ONT que se encuentra instalado en el hogar. La red FTTH basada en la red óptica pasiva, es una arquitectura de red de punto a multipunto de fibra hasta instalaciones en la que se utilizara divisores ópticos sin alimentación para permitir que una única fibra óptica sirva para varias instalaciones, utiliza la baja atenuación y el alto ancho de banda de la fibra monomodo para proporcionar un ancho de banda mucho mayor que el disponible actualmente con las tecnologías de banda ancha existentes.
Una red de acceso FTTH consta de un área de red central (incluye el equipo ISP del proveedor), una de la oficina central (aloja las OLT´s y ODF), una de alimentación (se extiende desde la ODF hasta los puntos de distribución) una de distribución (conecta el splitter de nivel 1 con el divisor de nivel 2) y un área de usuario (conecta el splitter de nivel 2 a las instalaciones del suscriptor).
La red FTTH tiene la característica de ser un SERVICIO asimétrico de alta velocidad basado en la tecnología de acceso GPON, que permite conectar la computadora o red LAN del USUARIO(A) con la Red Global de Internet. El estándar GPON establece llegar con una red punto-multipunto de fibra óptica para la distribución de contenido de audio, video y datos.
El SERVICIO se proveerá únicamente por suscripción a través de estaciones cuyas emisiones se distribuyen para ser recibidas en los computadores de usuarias y usuarios determinados, mediante redes de fibra óptica a lo largo de la ciudad, compartiendo el tendido con los cables de electricidad y/o telefonía. Este SERVICIO incluye la instalación en el domicilio señalado, así como la posibilidad de incluir puntos adicionales.
El área de cobertura que se tiene provisto cubrir por CONECTIMAC S.R.L. es en las Ciudades de La Paz, El Alto y Viacha del departamento de La Paz
2.CONDICIONES DE FACTIBILIDAD Y CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS MÍNIMAS NECESARIAS PARA LA INSTALACIÓN O USO DEL SERVICIO:
El USUARIO(A) podrá solicitar en cualquier momento el SERVICIO, inicialmente CONECTIMAC S.R.L. verificará la factibilidad técnica y operativa que permita prestar el SERVICIO en la dirección solicitada.
El USUARIO(A) deberá cumplir con los requerimientos técnicos mínimos para la provisión del SERVICIO que se enuncian a continuación:
Disponibilidad de por lo menos un equipo computador o PC, apto para el desarrollo del servicio.
Posibilidad de acceso al domicilio señalado para la instalación.
Disponer de toma de energía de la red comercial o privada en el mismo ambiente donde se realizará la instalación de dispositivos, accesorios y/o material de instalación que el USUARIO(A) facilitará para la provisión del SERVICIO.
CONECTIMAC S.R.L. garantiza la disponibilidad del servicio en óptimas condiciones durante las veinticuatro (24) horas del día y durante todo el tiempo de vigencia del Contrato, salvo casos de fuerza mayor atribuibles a la naturaleza o fortuitos y otros.
El rechazo de la solicitud podrá darse por razones legales y/o técnicos justificados y en el marco de la razonabilidad y congruencia, y no es limitación para que el USUARIO(A) pueda volver a solicitar el SERVICIO cumpliendo los requisitos correspondientes.
3.HABILITACIÓN Y PLAZO PARA LA PROVISIÓN DEL SERVICIO:
CONECTIMAC S.R.L., instalará y habilitará el SERVICIO al USUARIO(A) en un plazo no mayor a los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del Contrato, previa verificación de cumplimiento de los requerimientos técnicos, comerciales y administrativos; y de acuerdo a la disponibilidad técnica de CONECTIMAC S.R.L., siendo responsabilidad del USUARIO(A) contar con los medios necesarios y adecuados para acceder al servicio.
CONECTIMAC S.R.L. proporcionará los dispositivos, accesorios y/o material de instalación, etc. requeridos para la provisión del SERVICIO, a cuyo fin el USUARIO(A) deberá permitir el postaje y/o uso de sus paredes en caso de ser técnicamente necesario.
Para todo acto de instalación, modificación, reparación o retiro de dispositivos, accesorios y/o material de instalación, el USUARIO(A) permitirá el ingreso a su domicilio del personal técnico de CONECTIMAC S.R.L. debidamente identificado, siendo su obligación estar presente durante el tiempo que el mismo permanezca.
El USUARIO(A) declara recibir dispositivos, accesorios y/o material de instalación en calidad de depósito obligándose a devolverlos a la conclusión del Contrato, cualquiera que sea la causa de ella, en el mismo estado en que fueron entregados, exceptuando el deterioro debido al tiempo transcurrido.
4.TARIFAS:
La Tarifa es el precio que se cancela por la prestación del SERVICIO; las cuales estarán sujetas al tarifario fijado por CONECTIMAC S.R.L. de acuerdo a la normativa establecida en el Reglamento a la Ley de Telecomunicaciones.
Las nuevas tarifas y/o precios tendrán vigencia efectiva a partir de la fecha indicada en la comunicación al USUARIO(A), conforme a lo dispuesto por el Artículo 44 de la Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación N.º 164.
Las tarifas podrán ser modificadas temporalmente por CONECTIMAC S.R.L. mediante promociones y beneficios en favor del USUARIO(A), por el lapso de vigencia de las mismas.
Cualquier cambio o ajuste relacionado con las tarifas para el SERVICIO, será publicado con una anterioridad de treinta (30) días calendario a la fecha efectiva de aplicación de las nuevas tarifas, asimismo, una copia de la publicación será remitida a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes.
El USUARIO(A) pagará a CONECTIMAC S.R.L. por los siguientes conceptos:
4.1.Tarifa Única de Instalación: Cuyo pago por parte del USUARIO(A) será efectuado previamente a la instalación, de acuerdo al monto establecido en el Tarifario vigente del servicio por CONECTIMAC S.R.L.
4.2.Tarifa Mensual: La Tarifa mensual del SERVICIO a ser cobrada al USUARIO(A), estipulada en el plan tarifario vigente del SERVICIO, deberá ser cancelada por el USUARIO(A), independientemente a si éste hace uso o no del servicio, durante el período de facturación. La tarifa mensual, se hace efectiva y se factura desde el momento en que se habilita el servicio al USUARIO(A).
4.3.Tarifa por Traslado: El cambio del lugar de la prestación del SERVICIO o traslado del lugar de conexión del SERVICIO implicará el pago de la tarifa respectiva, así como los costos del traslado y dependerá de la factibilidad técnica a ser determinada por CONECTIMAC S.R.L. En caso de que el traslado no pueda ejecutarse por limitaciones de factibilidad técnica, el USUARIO(A) se sujetará a las condiciones descritas en la cláusula Resolución y Rescisión del Contrato. El tiempo de ejecución del mismo es el mismo que se aplica a una instalación, conocido como Tiempo de Traslado del Servicio, y contabilizado a partir del pago por este servicio.
5.FACTURACIÓN, COBRANZA PAGO, CORTE Y REHABILITACIÓN:
Facturación: CONECTIMAC S.R.L. pondrá a disposición del USUARIO(A) la información de la disposición de su factura correspondiente por el SERVICIO contratado de acuerdo a la normativa tributaria aplicable y consignando los datos del USUARIO(A), en periodos de treinta (30) días, computables a partir del momento en que se habilite el servicio.
Plan Post Pago: El periodo de facturación será bajo la modalidad de mes vencido.
Para ambos planes, de corresponder, el último mes de servicio se facturará de acuerdo a la tarifa mensual prorrateada, proporcional a la cantidad de días de prestación efectiva del servicio.
5.1.Cobranza: La cobranza se lo realizará en cajas ubicadas en las instalaciones de CONECTIMAC S.R.L., ubicada en la ciudad de La Paz, Zona Central, calle Loayza Edif. Castilla of 104 y/o en lugares de cobranza autorizados o por cualquier otro medio legalmente válido que se disponga.
Los sitios de cobranza serán comunicados mediante correo electrónico, mensajes telefónicos al USUARIO(A) o a través de la línea telefónica que se pondrá en conocimiento y disposición del USUARIO(A) en su momento y serán impresos en la factura del SERVICIO.
5.3.Pago: El USUARIO(A) deberá efectuar los pagos correspondientes a CONECTIMAC S.R.L. al contado y en efectivo por el SERVICIO contratado, dentro de los treinta (30) días siguientes como fecha límite de pago, mismo que se contabiliza a partir de la fecha de disposición de la factura.
Plan Post Pago: El plazo para el pago de la factura será de treinta (30) días calendario
Para ambos planes, de corresponder, el último mes de servicio se facturará de acuerdo a la tarifa mensual prorrateada, proporcional a la cantidad de días de prestación efectiva del servicio.
5.4.Corte: El corte de servicio se efectuará por incumplimiento de pago, en los siguientes casos:
Si el USUARIO(A), pasados los treinta (30) días de la fecha límite de pago, no paga su factura, esta se constituirá en mora y CONECTIMAC S.R.L. podrá proceder al corte parcial o total del servicio previa comunicación al USUARIO(A) mínimamente con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación.
Pasado la fecha de corte; CONECTIMAC S.R.L. se reserva el derecho de proceder al retiro de los dispositivos, accesorios y/o material de instalación de su propiedad.
Corte del servicio por fraude: En caso de que CONECTIMAC S.R.L. considere que existen indicios suficientes de fraude o de conexiones ilegales, podrá proceder inmediatamente con el corte de SERVICIO, sin perjuicio de seguir las acciones legales pertinentes para el resarcimiento de daños y perjuicios.
En el caso de proceder al corte por fraude, CONECTIMAC S.R.L. remitirá a la ATT la información pertinente para efectos de registro en el plazo de veinticuatro (24) horas en días laborables o dentro del primer día laborable siguiente.
En el caso que la ATT establezca que el corte de servicio no se encuentra justificado, CONECTIMAC S.R.L. deberá restablecer de manera inmediata el servicio, y a la devolución y la compensación al USUARIO(A) en función al tiempo de corte, sin perjuicio de las acciones que éste pueda seguir por la vía jurisdiccional correspondiente por daños o perjuicios.
6.REHABILITACIÓN DEL SERVICIO.
La rehabilitación o reconexión del SERVICIO será posible sólo previo pago del monto total adeudado de las facturas pendientes, o a partir de la fecha pactada mediante arreglo entre partes para el pago de la deuda que originó el corte o la restricción.
El plazo para la rehabilitación del servicio cortado por incumplimiento de pago será realizado dentro de las siguientes veinticuatro (24) horas del día hábil a partir del momento en que el USUARIO(A) cancele o llegue a un arreglo de pago de la deuda que origino el corte.
No podrán aplicarse intereses por mora ni cargos, penalizaciones o cobros adicionales por rehabilitación del servicio. La rehabilitación del servicio es gratuita.
7.CRITERIOS PARA MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN.
7.1.Mantenimiento: La responsabilidad en el mantenimiento del servicio por parte de CONECTIMAC S.R.L. queda limitada a la conexión física del equipo terminal proporcionado por CONECTIMAC S.R.L. Este límite de responsabilidad determina la independencia del USUARIO(A) respecto a sus conexiones internas y su responsabilidad sobre la influencia en la calidad del servicio prestado que estas conexiones ocasionen.
CONECTIMAC S.R.L. es responsable en cuanto a mantenimiento de la infraestructura y/o dispositivos nivel de USUARIO(A) del ancho de banda contratado, los accesos locales y de última milla a través de medios ópticos, correr pruebas de rendimiento previo a la operación del circuito, para lo cual CONECTIMAC S.R.L. realizará las siguientes actividades:
Mantenimiento Planificado Preventivo
Mantenimiento Correctivo de infraestructura y red
Mantenimiento Controlado (Predictivo)
Los horarios de atención en Operación y Mantenimiento de toda la red son en horarios de oficina de lunes a viernes de 08:30 a 18:30 horas, y en casos de emergencia, con disponibilidad de personal de veinticuatro (24) horas por siete (7) días.
Por la importancia de las funciones desempeñadas, el personal de CONECTIMAC S.R.L. de turno tiene pleno conocimiento de los procedimientos que se aplican en el resto de las áreas, para una mejor atención, coordinación y minimización del tiempo de respuesta cuando se presenta una falla del SERVICIO. Una vez escalados los problemas que requieren una intervención especializada, el personal de CONECTIMAC S.R.L. a cargo realiza las rutinas que correspondan a su área de obligación; siendo rutinas altamente especializadas.
7.2.Reparación: El USUARIO(A) es responsable por su red interna recursos asociados a la misma y de su máquina tanto en la parte de hardware como en la parte de software.
CONECTIMAC S.R.L. no será responsable por fallas o interrupciones en la provisión de los Servicios debido a problemas en los equipos terminales que son de propiedad y responsabilidad del USUARIO(A).
CONECTIMAC S.R.L. no será responsable por la manipulación indebida del equipo terminal o de la configuración del mismo que sea efectuada por el USUARIO(A).
8.PARÁMETROS DE CALIDAD.
CONECTIMAC S.R.L. brindará al USUARIO(A) el SERVICIO con calidad cuyos parámetros de calidad se regirán de acuerdo a los estándares técnicos de calidad para el SERVICIO que la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT emita, misma que podrá ser susceptible de modificación y/o actualización.
Velocidad de Transmisión de Bajadas de Datos (Vb):
Velocidad de transferencia de bits de datos desde un servidor especifico hacia el dispositivo de medición, en bits por segundo (bps).
Vb = bits/seg
Velocidad de Transmisión de Subida de Datos (Vs):
Velocidad de transferencia de bits de datos desde el dispositivo de medición hacia un servidor especifico, medido en bits por segundo (bps).
Vs = bits/seg
Perdida de paquetes (Pp):
Es la cantidad de paquetes enviados desde el dispositivo de medición a un servidor específico, sin que se reciba su respectiva respuesta durante un determinado tiempo.
Pp = Total de paquetes enviados – Total de paquetes recibidos
Latencia (Retardo) (L):
Es el promedio del tiempo que tarda un paquete en recorrer desde el dispositivo de medición – servidor especifico – dispositivo de medición, medido en milisegundos.
L = (mseg.)
Variación de la Latencia (Vl o JITTER):
Es la variación del promedio del tiempo que tarda un paquete en recorrer desde el dispositivo de medición – servidor especifico – dispositivo de medición, medido en milisegundos.
Vl = (mseg)
CONECTIMAC S.R.L. cuidará que la calidad del servicio se mantenga según los estándares técnicos señalados por este ente regulador, los cuales están listados a continuación:
Tiempo de Respuesta del Operador (LLC), al menos el 85% de las llamadas atendidas en un tiempo menor a veinte (20) segundos.
Tasa de Reparación de Fallas (TRF), al menos el 85% de las fallas reparadas efectivas dentro de las veinte y cuatro (24) horas.
Tasa de Instalación del Servicio (TIS), al menos el 85% de las solicitudes atendidas en cuatro (4) días.
9.PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN DE CONSULTAS, RECLAMACIONES Y EMERGENCIAS Y/O SERVICIOS DE INFORMACIÓN Y ASISTENCIA.
Atención de consultas, emergencias y/o servicios de información y asistencia:
Los servicios de información, asistencia, consultas y solicitudes del SERVICIO serán atendidos en las instalaciones de CONECTIMAC S.R.L. ubicado en la siguiente dirección:
Dirección: Ciudad de La Paz, Zona Central Calle Loayza Edif. Castilla of 104.
Teléfono: 71902875, 69808111
Horarios de atención: De 08:30 a 12:30 y de 15:00 a 19:00, de lunes a viernes
Correo electrónico: informaciones@conectimac.com
9.2.Reclamaciones:
9.2.1.Derecho de Reclamación:
El USUARIO(A) tiene el derecho de recibir por parte de CONECTIMAC S.R.L., a través de su Oficina de Atención al Consumidor – ODECO, la debida atención y procesamiento de sus reclamaciones por cualquier deficiencia en la prestación del servicio. Asimismo, puede solicitar la devolución de los importes indebidamente pagados y la reparación o reposición de los equipos dañados, según corresponda.
A dicho efecto, CONECTIMAC S.R.L., en todos aquellos lugares donde preste servicios, debe contar con un ODECO.
Las Autoridades competentes podrán emitir instructivos a los operadores para la eficiente y eficaz atención de reclamaciones y reglamentar el funcionamiento y procedimientos internos de las ODECOS.
9.2.2.Reclamación Directa:
El USUARIO(A) o un tercero por él, previa identificación, presentara su reclamación, en una primera instancia ante la empresa o entidad regulada.
La reclamación será presentada en forma escrita o verbal, gratuita, por cualquier medio de comunicación, dentro de los veinte (20) días del conocimiento del hecho, acto u omisión que la motiva.
El USUARIO(A) o un tercero por él, previa identificación, podrá presentar su reclamación, problemas de facturación, cortes, emergencias problemas legales, emergente a la prestación del SERVICIO u otros referentes al mismo, en la oficina de Atención al Cliente emplazada en las instalaciones de CONECTIMAC S.R.L.
9.2.3.Individualización de Reclamaciones:
CONECTIMAC S.R.L. registrará e individualizará la reclamación asignándole un número correlativo que será puesto en conocimiento de quien presento la reclamación.
CONECTIMAC S.R.L. llevará un registro de todas las reclamaciones presentadas en el formato aprobado y habilitado por la Autoridad reguladora, que mantendrá a disposición de los USUARIOS(AS) y de la Autoridad competente.
9.2.4.Plazo:
La empresa o entidad regulada resolverá la reclamación en el plazo establecido en las normas vigentes para el Sistema de Regulación Sectorial – SIRESE, a falta de este:
a)A los tres (3) días de su recepción en casos de interrupción del servicio o de alteraciones graves derivadas de su prestación; o
b)A los quince (15) días de los demás casos.
9.2.5.Pronunciamiento:
CONECTIMAC S.R.L. se pronunciará por la procedencia o improcedencia de la reclamación, dejando constancia escrita de su decisión. Si decide la procedencia de la reclamación adoptará todas las medidas necesarias para, devolver los importes indebidamente cobrados, reparar o reponer, cuando corresponda, equipos e instalaciones dañados y en general toda medida destinada a evitar perjuicios a los USUARIOS(AS). La decisión deberá cumplirse en un plazo máximo de veinte (20) días.
La empresa o entidad regulada comunicará al reclamante la resolución que decide la reclamación dentro de los (5) días siguientes a su pronunciamiento, informando al reclamante, en caso de ser improcedente su reclamación, sobre su derecho a presentarla en la correspondiente Autoridad.
La carga de la prueba será del operador.
9.2.6.Reclamación Administrativa:
Si CONECTIMAC S.R.L. declara improcedente la reclamación o no la resuelve dentro del plazo establecido al efecto, el USUARIO(A) ó un tercero por él, podrán presentarlo a la Autoridad competente, en el plazo de quince (15) días.
El USUARIO(A) presentará su reclamación de manera escrita o verbal, por cualquier medio de comunicación, acreditando que con anterioridad realizo la reclamación directa mediante la presentación del número asignado en CONECTIMAC S.R.L. o, en su defecto, expresando las razones que hubieran impedido obtenerlo.
El USUARIO(A) podrá acompañar las pruebas documentales de que intentare valerse y ofrecer las restantes; y
La Autoridad competente registrara, en el día, las reclamaciones administrativas.
10.DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS USUARIAS Y USUARIOS EN RELACIÓN AL SERVICIO:
10.1.DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS:
El USUARIO(A) es titular de los derechos y obligaciones emergentes de la normativa vigente, así como de los que desembocan de la relación contractual, que de forma enunciativa y no restrictiva son:
10.1.1.DERECHOS:
a)Acceder en condiciones de igualdad, equidad, asequibilidad, calidad, de forma ininterrumpida al SERVICIO.
b)Elegir y cambiar libremente de operador o proveedor de los servicios y de los planes de acceso a los mismos, salvo las condiciones pactadas libremente en el contrato, las cuales serán explicitas, claras y previamente informada al USUARIO(A).
c)Acceder a información clara, precisa, cierta, completa, oportuna y gratuita acerca del SERVICIO contratado.
d)Acceder gratuitamente al SERVICIO en casos de emergencia, que determine la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT.
e)Recibir de forma oportuna, comprensible y veraz la factura mensual desglosada del SERVICIO y todos los cargos, en la forma y por el medio en que se garantice su privacidad.
f)Exigir respeto a la privacidad e inviolabilidad de sus comunicaciones, salvo aquellos casos expresamente señalados por la Constitución Política del Estado y la Ley.
g)Conocer los indicadores de calidad de prestación del SERVICIO al público.
h)Acceder gratuitamente a la información de contenido del SERVICIO.
i)Suscribir contrato del SERVICIO de acuerdo al modelo de contrato, términos y condiciones, previamente aprobados por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT.
j)Ser informado oportunamente por CONECTIMAC S.R.L., cuando se produzca un cambio de los precios, las tarifas o los planes contratados previamente.
k)Recibir el reintegro o devolución de montos que resulten a su favor por errores de facturación, deficiencias o corte del servicio.
l)Ser informado sobre los plazos de vigencia de las ofertas y promociones del SERVICIO.
m)Obtener respuesta efectiva a las solicitudes realizadas a CONECTIMAC S.R.L.
n)Ser informado oportunamente de la desconexión o corte programado del SERVICIO.
o)Reclamar ante CONECTIMAC S.R.L. y/o acudir ante las autoridades competentes en aquellos casos que el USUARIO(A) considere vulnerados sus derechos, mereciendo atención oportuna.
p)Recibir protección de CONECTIMAC S.R.L. sobre los datos personales contra la publicidad no autorizada por el USUARIO(A) en el marco de la normativa aplicable.
q)Disponer, como USUARIO(A) en situación de discapacidad y persona de la tercera edad a facilidades de acceso al SERVICIO, determinados en reglamento.
r)Protección de la niñez, adolescencia y juventud en la prestación del SERVICIO.
s)Recibir el SERVICIO sin causar daños a la salud y al medio ambiente, conforme a normas establecidas.
t)Participar en los mecanismos de control.
u)Otros que se deriven de la aplicación de la Constitución Política del Estado, Tratados Internacionales, las leyes y demás normas aplicables.
v)Continuidad del SERVICIO cuando la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT tramite reclamaciones, con respecto al SERVICIO, previo análisis ordene a mantener el servicio o que, en el plazo que le indique, proceda a su reconexión, según corresponda, mientras se resuelva el reclamo presentado.
10.1.2.OBLIGACIONES:
a)Pagar sus facturas por el SERVICIO recibido, de conformidad con los precios o tarifas vigentes establecidas por CONECTIMAC S.R.L. de acuerdo a normativa.
b)Responder por la utilización del servicio por parte de todas las personas que tienen acceso al mismo, en sus instalaciones o que hacen uso del servicio bajo su supervisión o control.
c)No causar daño a las instalaciones, redes y equipos de CONECTIMAC S.R.L.
d)Cumplir con las instrucciones y planes que emita la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT en casos de emergencia y seguridad del Estado.
e)No causar interferencias perjudiciales a operaciones debidamente autorizadas.
f)Otros que se deriven de la aplicación de la Constitución Política del Estado, las leyes y demás normas aplicables.
g)Utilizar el SERVICIO sólo para los fines contratados, no pudiendo darle ningún uso distinto, y asumir plena responsabilidad por los actos relacionados al uso que se realice al SERVICIO contratado.
h)No conectar a la red equipos terminales que pudieran impedir o interrumpir el SERVICIO, realizar el desvió de comunicaciones de manera ilegal, fraudulenta o causar daño a la red.
i)No alterar los equipos terminales, aunque sean de propiedad, que puedan causar daños o interferencias que degraden la calidad de servicio o con el objeto de producir la evasión o alteración del pago de las tarifas o cargos que correspondan.
j)Comunicar anticipadamente y por escrito a CONECTIMAC S.R.L. sobre cualquier cambio en la información o datos relacionados al USUARIO para que los mismos surtan efecto.
10.2.DERECHOS Y OBLIGACIONES DE CONECTIMAC S.R.L.
CONECTIMAC S.R.L. es titular de los derechos y obligaciones emergentes de la normativa vigente, así como de los que desembocan de la relación contractual, de forma enunciativa y no restrictiva son:
DERECHOS:
a)Recibir oportunamente el pago por el servicio provisto, de conformidad con los precios o tarifas establecidas.
b)Cortar el servicio provisto por falta de pago por parte del USUARIO(A), previa comunicación, conforme a lo establecido por el reglamento.
c)Recibir protección frente a interferencias perjudiciales a operaciones debidamente autorizadas.
d)Otros que se deriven de la aplicación de la Constitución Política del Estado, la Ley de Telecomunicaciones y demás normativa aplicable.
OBLIGACIONES:
a)CONECTIMAC S.R.L. se someterá a la jurisdicción y competencia de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y transportes – ATT.
b)Proveer en condiciones de igualdad, equidad, asequibilidad, calidad, de forma ininterrumpida el SERVICIO.
c)Proporcionar información clara, precisa, cierta, completa, oportuna y gratuita acerca del SERVICIO al USUARIO(A).
d)Proporcionar información clara, precisa, cierta, completa y oportuna a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT.
e)Proveer gratuitamente los servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación en casos de emergencia, que determine la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT.
f)Entregar en servicio de modalidad Post-Pago de forma oportuna, comprensible y veraz, la factura mensual desglosada del SERVICIO y todos los cargos, en la forma y por el medio en que se garantice la privacidad del USUARIO(A) y facilitar los medios de pago por el SERVICIO prestado. En servicios de modalidad Pre-Pago o al contado, entregar la factura según corresponda.
g)Suscribir contratos del SERVICIO de acuerdo a los modelos de contratos, términos y condiciones, previamente aprobados por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT.
h)Efectuar el reintegro o devolución de montos que resulten a favor del USUARIO(A) por errores de facturación, deficiencias o corte del servicio, con los respectivos intereses legales.
i)Informar oportunamente sobre los plazos de vigencia de las ofertas y promociones de los servicios.
j)Atender las solicitudes y las reclamaciones realizadas por los USUARIOS(AS).
k)Informar oportunamente la desconexión o cortes programados del SERVICIO.
l)Brindar protección sobre los datos personales evitando la divulgación no autorizada por los USUARIO(A), en el marco de la Constitución Política del Estado y la presente Ley.
m)Facilitar al USUARIO(A) en situación de discapacidad y personas de la tercera edad, el acceso al SERVICIO, determinados en reglamento.
n)Proveer SERVICIO que no cause daño a la salud y al medio ambiente.
o)Cumplir las instrucciones y planes que se emitan en casos de emergencia y seguridad del Estado.
p)Actualizar periódicamente la plataforma tecnológica y los procesos de atención al USUARIO(A).
q)Otras que deriven de la aplicación de la Constitución Política del Estado, Tratados Internacionales, las leyes y demás normas aplicables.
r)Ofrecer al USUARIO(A) en forma gratuita acceso a números telefónicos especiales de servicios de emergencia, bomberos, policía u otros que se establezcan por norma expresa. Del mismo modo, podrán acceder de formas gratuitas a servicios de reportes de averías, de trámites telefónicas, de consulta de facturación y de interposición de reclamaciones por violación de derechos del USUARIO(A) del SERVICIO.
s)CONECTIMAC S.R.L. informara al USUARIO(A) el área de cobertura autorizado para el SERVICIO en formato y contenido definidos por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT, los cuales deberán estar disponibles en las agencias correspondientes y las páginas Web, debidamente actualizados.
t)Disponer de medios de información que informen al USUARIO(A) sobre el consumo realizado durante un período de facturación.
u)Respetar el derecho del USUARIO(A) de desconexión del SERVICIO. Además de respetar la voluntad del mismo a la resolución del contrato. En caso de desconexión o resolución del contrato, permanecerán vigentes aquellas obligaciones del USUARIO(A) pendientes de cumplimiento.
v)CONECTIMAC S.R.L. presentara a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT, información estadística, técnica y económica financiera, conforme a principios, criterios y condiciones aprobados por el regulador para el Sistema de Información Sectorial.
w)Publicar los modelos de contratos, términos y condiciones aprobados por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT en el sitio Web de CONECTIMAC S.R.L. y poner a disposición del público en todas las oficinas.
x)Controlar todos los elementos contaminantes que se originen en las instalaciones de la infraestructura, así como en la provisión del SERVICIO, de manera que no dañen la salud y el medio ambiente, en conformidad con las normas legales aplicables.
PRINCIPIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
Sin perjuicio a los parámetros y estándares de calidad fijados por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT, los principios aquí detallados, regirán el SERVICIO y permiten al USUARIO(A) reclamar el mismo, bajo las siguientes interpretaciones:
10.3.1.Continuidad, el SERVICIO debe prestarse en forma permanente y sin interrupciones, salvo los casos previstos por norma.
10.3.2.Calidad, el SERVICIO provisto responderá a indicadores de calidad definidos en estándares nacionales e internacionales.
10.3.3.Protección, se reconoce de vital importancia la participación del USUARIO(A) en la prestación del SERVICIO, garantizando su defensa y la protección de sus derechos en el marco de sus relaciones jurídicas con CONECTIMAC S.R.L.
10.3.4.Información Oportuna y Clara, CONECTIMAC S.R.L. proporcionará toda la información relacionada con el SERVICIO la calidad u otro factor relativo, de manera oportuna y clara.
10.3.5.Prestación Efectiva, CONECTIMAC S.R.L., en ningún caso procederá al cobro del SERVICIO prestado, si el mismo no fue realizado en forma regular y efectiva, debiendo CONECTIMAC S.R.L., en caso de controversia, demostrar fehacientemente que el USUARIO(A) recibió el SERVICIO que contempla la facturación.
10.3.6.Secreto de las Comunicaciones, CONECTIMAC S.R.L. tiene la obligación de proteger y garantizar la inviolabilidad y secreto de las comunicaciones.
11.SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO.
En cualquier modalidad de contratación del SERVICIO el USUARIO(A) podrá solicitar de forma escrita y gratuita. la suspensión temporal del SERVICIO condicionada a la cancelación de todas sus deudas pendientes, suspensión que no podrá ser menor a un (1) mes ni mayor a cuatro (4) meses, para lo cual CONECTIMAC S.R.L. tendrá un máximo de 24 horas para su ejecución. Para dar curso a la suspensión temporal el USUARIO(A) debe cancelar todas sus deudas pendientes por el SERVICIO. El servicio de suspensión es gratuito.
Cumplido el plazo de la suspensión temporal, o si mediante solicitud expresa del USUARIO(A), CONECTIMAC S.R.L. rehabilitará el servicio previa comunicación al USUARIO(A), en el plazo máximo de un (1) día.
12.MEDIDAS PARA SALVAGUARDAR LA INVIOLABILIDAD DE LAS TELECOMUNICACIONES Y PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN.
En el marco de lo establecido en la Constitución Política del Estado, CONECTIMAC S.R.L. garantizará la inviolabilidad y secreto de las comunicaciones, al igual que la protección de los datos personales y la intimidad de los USUARIOS(AS), salvo los contemplados en guías telefónicas, facturas y otros establecidos por norma.
13.CAMBIO O MODIFICACIONES EN LA LEY O REGLAMENTOS DE TELECOMUNICACIONES.
Los presente Términos y Condiciones se enmarcan en la Ley de Telecomunicaciones y sus Reglamentos vigentes. Cualquier modificación futura a estas disposiciones legales, serán de aplicación inmediata, por parte del USUARIO(A) y de CONECTIMAC S.R.L., sin la necesidad de la firma de un nuevo documento.